El titular de cada repartición tomará las medidas necesarias para que el personal a su cargo utilice esta feria administrativa en el período establecido, asegurando la no interrupción de los servicios públicos del Estado.
Asimismo, se instruye a los titulares de cada jurisdicción centralizada y descentralizada a que dispongan un sistema de guardias a fin de no interrumpir la regularidad y continuidad de la prestación de los respectivos servicios públicos, según sus necesidades, extensión y formas de cubrirlas.
En tanto, se establece que el personal afectado a las guardias diagramadas, que no pueda hacer uso de la feria administrativa en el período dispuesto y mencionado anteriormente, podrá hacerlo hasta el período de seis días hábiles, comprendido entre el 22 y 30 de enero de 2024. Vencido este plazo finaliza el período de uso de la feria administrativa.

